
Pedro Castillo aseguró que el retorno a clases presenciales para el 2022 será al 100%
El mandatario señaló que en muestra que están comprometidos con la educación para el retorno a las aulas, se decidió incrementar el presupuesto en el sector.
El Jefe de Estado, Pedro Castillo, volvió asegurar el retorno a clases presenciales al 100% para marzo del año 2022 y precisó que se está ajustando todo el protocolo sanitario para que sea seguro.
“Nos preparamos para retornar a las clases presenciales al 100% en marzo de 2022. Para ello se está afinando el protocolo sanitario, a fin de que las escuelas sean un espacio seguro ante el COVID-19 para docentes, personal administrativo y estudiantes”, dijo durante un pronunciamiento en Palacio de Gobierno.
Por lo tanto, el mandatario señaló que en muestra que están comprometidos con la educación para el retorno a las aulas se decidió incrementar el presupuesto en el sector.
“Como muestra de este compromiso hemos elevado el presupuesto del sector Educación para el año 2022 en más de 2600 millones de soles para garantizar el retorno a la presencialidad, el desarrollo profesional docente y la innovación tecnológica”, indicó
Por último, hizo un llamado a las universidades para que emprendas un trabajo de investigación a parto del nuevo presupuesto que se les asigne
“Queda en manos de las universidades impulsar la investigación. Y por eso estamos acá. Vamos a dar el presupuesto a las universidades para emprender la verdadera investigación para que el Perú deje de ser solo un país primario, exportador”, finalizó.
Presidente Pedro Castillo promulga ley que amplía bachillerato automático
Norma beneficiará a los estudiantes de pregrado, tanto de universidades públicas como privadas
El presidente Pedro Castillo Terrones promulgó la autógrafa de la ley que extiende el plazo para obtener el bachillerato automático hasta el año académico 2023, debido a la emergencia sanitaria producida por la covid-19.
La norma, aprobada por el Congreso, beneficiará a los estudiantes de pregrado de las escuelas profesionales, tanto de universidades públicas como privadas, durante los años académicos 2020, 2021, 2022 y 2023, incluido el ciclo académico 2023-2.
El bachillerato automático la exoneración de la aprobación de un trabajo de investigación y del conocimiento de un idioma extranjero (por ejemplo, inglés) o una lengua nativa.
El gobierno administra el Estado, las mineras le deben cumplimiento.
Les invoco a que podamos conocer de un hito para nuestra Historia Republicana. El Plan de Gobierno (2021) del Presidente Constitucional, Pedro Castillo Terrones, elegido en elecciones democráticas, expresa desde su posición de izquierda socialista, en su capítulo XVII Sobre nuestras principales fuentes de riqueza, que: “(…) nuestros recursos naturales nacionalizados y explotados en función del bienestar popular son la única oportunidad para vencer la dependencia extranjera, el neocolonialismo y erradicar la pobreza”.
“Las empresas transnacionales lucran el 70% de las utilidades por la explotación de nuestros recursos mineros, hidrocarburos, energéticos, comunicaciones, etc., el 30% restante es lo que corresponde al Estado en el rubro de impuesto a la renta. Lo peor de todo es que las utilidades del 70% no se invierten en el Perú para fortalecer el mercado interno, sino se invierten en el extranjero generando empleo, valor agregado, empresas, infraestructura y fortaleciendo sus mercados.
Nuestra intención es invertir esta proporción del reparto de utilidades o ganancia a favor del Estado peruano, es decir, que el Estado se haga acreedor del 70% u 80% y el privado transnacional del 30% o 20%. La recaudación para el Estado y el pueblo peruano sería enorme con la consiguiente mejora en sus estándares de vida”.
Igualmente, en su capítulo VIII Sobre Política Medio Ambiental, propone la defensa y conservación del medio ambiente, mediante otras políticas y estrategias, que: “Las regiones deben elaborar con autonomía real su propia Zonificación Económica Ecológica-ZEE, sin injerencia del gobierno central, demarcar sus áreas protegidas e intangibles, sus áreas hídricas, agrícolas, de residuos sólidos, de recursos naturales explotables y no explotables, etc., bajo el control ciudadano. Para preservar las áreas protegidas, deben garantizarse presupuestos para vigilantes, guardabosques, guardaparques, vehículos y comunicación”.
Por lo tanto, el 19.NOV.2021, ES YA HISTÓRICO PARA EL PERÚ, por la reunión en Ayacucho, de la presidente del Consejo de Ministros, Mirtha Vásquez, quien al dialogar con la población, sus Autoridades y Dirigentes, concluyeron con un Acuerdo de creación de una comisión ejecutiva que negociará la salida de cuatro unidades mineras, de las provincias sureñas de Apumayo, Pallancata, Inmaculada y Breapampa; que buscará preservar la zona y delimitará espacios; y ejecutará las medidas que le procuren protección de la contaminación.
Justamente, la población de esas comunidades clama por la contaminación causada por dichas mineras (del sector extractivista, que sin agregar valor, menos compartido), que al localizar sus operaciones sobre territorios en cabeceras de cuenca, nacientes de agua que les proveen de este vital elemento para vivir, pero que viene afectando su actividad agropecuaria en los valles, y a la cual se dedican ancestralmente para poder sobrevivir de esta economía primaria y sin oportunidad alternativa.
ANÁLISIS
a. En el contexto de dicho anunció, de cierre de las cuatro minas, se tuvo como precedentes, que:
La premier Vásquez estuvo acompañada por una Comisión de alto nivel del Gobierno, representada por los viceministros de Minas, Jorge Chávez; de Gestión Ambiental, Mariano Castro; y Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, José Muro; así como del jefe de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), Roberto Salazar.
La asamblea congregó al diálogo, a los alcaldes y dirigentes de Lucanas, Parinacochas y Páucar del Sara Sara, pueblos en la zona de influencia de los proyectos en mención.
De acuerdo a los registros del ministerio de Energía y Minas, en los cuatro casos, son estas mismas empresas las que han elaborado sus planes de cierre de operaciones, incluso, en dos de ellas, el plazo proyectado se encuentra vencido e incumplido, mientras en las dos restantes, se hallan en la última etapa del cierre progresivo.
No obstante la programación empresarial, efectuada como se reitera, por estas partes privadas, se ha pretendido continuar produciendo, no contando con la autorización oficial correspondiente.
Mientras ello sucedía indebidamente; en el mes de OCT.2021, los comuneros de Apumayo, reaccionaron protestando con violencia ante el funcionamiento ilegal antes indicado.
Que por parte del mismísimo presidente de la Confiep, Óscar Caipo Ricci, se denunció presuntamente que, el citado planeamiento sería en realidad un piloto del gobierno peruano, que se buscaría después “aplicarlo en la totalidad del sector minero, lo que impactaría en desmedro de los más de 2 millones de puestos de trabajo, el 23% de la inversión privada, el 60% de las exportaciones y el 25% de los impuestos recaudados por el Estado”.
También el citado presidente CONFIEP, culpó a la primera ministra de “pasar por encima del Estado de Derecho, atribuyéndose poderes que no tiene por ley”, lo que conllevaría a “un acto de usurpación de funciones”.
Pero sucede que la propia empresa Minera Apumayo, comunicó en forma pública, que admitía no contar con la ampliación de plazo para su funcionamiento y que se encontraba esperando la aprobación de la Autoridad.
En consecuencia, la decisión en la persona y cargo de la primera ministra y titular de la PCM, no fue errada. Fue en cumplimiento de los cronogramas, que la premier anunció el inicio de un proceso de acompañamiento para el cierre de estas cuatro operaciones programadas previamente. Comunicación que no implica extralimitación de sus funciones y atribuciones, ni significa disponer órdenes, ni decretar acciones.
Luego, la prudencia del presidente de la Confiep, debió ser el revisar los hechos con la mínima neblina ideológica pro-liberal y con mayor razonamiento del principio de Realidad de este Perú, que se pretende sea para unos pocos.
b. En cuanto a los hechos sucedidos, se puede mencionar que:
Conforme a la Ley N° 28090, regulatoria del cierre de minas, un plan de este tipo “es un instrumento de gestión ambiental conformado por acciones técnicas y legales, que deben ser efectuadas por el titular de actividad minera, a fin de rehabilitar las áreas utilizadas o perturbadas por la actividad minera”, a fin de lograr las características de un ecosistema compatible con un ambiente saludable y adecuado, para el desarrollo de la vida y la conservación del paisaje.
De acuerdo con lo previsto por las resoluciones de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del Minem, los cierres de minas se ejecutan a pedido de las propias mineras.
Por tanto no es verdad, que los “empresarios” mineros no hayan estado al tanto de los hechos. Aún así, han vociferado su protesta, señalando que ha sido una “decisión política unilateral”. Han hecho ruido político desde Hochschild, la filial de Ares (Minas Inmaculada y Pallancata), alborotados con “un llamado a la primera ministra para que aclare a la opinión pública los alcances reales del acta suscrita en Cora Cora y, además, reconsidere la posición ilegal adoptada”.
Por su lado, Apumayo demanda que se “brinden las garantías jurídicas para establecer canales de comunicación responsables que permitan una mesa de diálogo objetiva”, que lleven a soluciones pacíficas, traducidas en una ampliación de plazo de sus operaciones.
Esta ofensiva imperial de los “representantes” del sector minero, alcanza la amenaza de ir a juicio al fuero judicial, bajo el respaldo de otros gremios privados, entre ellos AGAP, Confiep, Adex, SIN y demás.
Al punto, el secretario general de la Asociación Civil Transparencia, Iván Lanegra, enjuicia que una operación minera es muy compleja y “no puede esperar el fin de la vida útil para recién iniciar el cierre”. Por tal motivo, existe el “cierre progresivo” durante la explotación y, cuando la vida útil culmina, “viene el cierre final”. Por el contrario, en caso se requiera ampliar la vida útil, se solicita mediante una autorización previa, con el componente ambiental al frente.
El ex ministro del Ambiente, Ricardo Giesecke, ha ilustrado que no se pueden minar las cabeceras de cuenca. “Tenemos dos sistemas de gestión de aguas en el Perú: las genera la selva y pasan a la montaña, donde los esperan glaciares y cabeceras de cuenca, estos con sus bofedales y humedales, que son el sistema por donde cae el recurso y empieza a filtrar para llegar al río. Hacer minería directamente en las cabeceras de cuenca es pan para hoy y hambre para mañana. Las cabeceras de cuenca son un regulador hídrico. Ahí no se generan aguas, ahí se reciben y van filtrando hacia los ríos interiores de los Andes, camino a la costa”.
Agrega que, “la Ley de Recursos Hídricos dice que son lugares ambientalmente muy delicados y que no debe hacerse ninguna actividad. Sin embargo, en el Perú se hace todo lo contrario. Los EIA se hacen de parte. ¿Qué le van a decir a la minera si es ella la que les está pagando? Me gustaría que alguien me diga, ¿dónde se ha hecho un cierre de minas en el Perú, con la ley que señala que cuando se diseña la mina se tiene que prever también cómo será el cierre? Creo que es muy acertado empezar a hacer el cierre de estas minas, pues, a medida que escasea el agua en estas zonas, lo más probable es que terminen envenenando a la gente que depende de ella más abajo. Es inadmisible”.
Ante lo cual, la PCM ha comunicado que el acuerdo firmado con los pobladores ayacuchanos se debe al “cumplimiento de dichos planes en los plazos establecidos y bajo la fiscalización de los ministerios competentes”, de conformidad a ley. La misma titular Mirtha Vásquez, ha dicho:
“Descarto tajantemente que los anuncios proferidos en Huamanga sean arbitrarios, ilegales, o que contravengan la seguridad jurídica del país. Asimismo, reafirmó el compromiso del Gobierno por alentar la inversión privada, incluida la minería, en cumplimiento estricto del marco legal vigente al cual, ahora, se están plegando. Hacemos un llamado a la calma y serenidad del gremio empresarial minero y a no abonar la inestabilidad política del país. Todos necesitamos un clima de paz que permita inversiones responsables”.
“Vamos a entrar al proceso de cierre de la actividad minera con cronogramas claros, que sea participativo para que ustedes tengan confianza que se cumplirá. Vamos a atender su pedido con los sectores competentes, como el Ministerio de Energía y Minas”.
Agradeciendo su gentil lectura.
Por: Alberto Quedas (NOV.2021).
Presidente Pedro Castillo: “Vengo a ratificar, duela a quien le duela, que ha llegado un hombre del pueblo para trabajar por el pueblo”
«En el Perú quieren callar la voluntad de un Gobierno que es elegido por millones en el país».
El presidente Pedro Castillo Terrones consideró “curioso” que cada vez que el Gobierno pretende “recuperar los recursos del país y entregar las obras de envergadura a la patria” quiere ser callado por “personas que son elegidas con dos mil o tres mil votos”.
En el marco de la inauguración del Proyecto Eólico Duna en el distrito de Huambos, Cajamarca, el jefe de Estado aseveró que “en el Perú quieren callar la voluntad de un Gobierno que es elegido por millones en el país. Por eso no vamos a distraernos en eso”.
Asimismo, indicó que seguirá trabajando y que pese a que quisiera visitar a sus padres en Puña, su tierra natal, regresará a “ordenar la casa” porque “así como hay problemas al interior del Gobierno, también existen en otras regiones del país”.
Finalmente, llamó a las fuerzas políticas a “hablar un solo lenguaje” para trabajar por la educación y reforzar la salud de los peruanos. “Vengo a ratificar, duela a quien le duela, que ha llegado un hombre del pueblo para trabajar por el pueblo”, concluyó.
Pedro Castillo: “Nos quieren callar personas que son elegidas con 3 mil votos”
El mandatario aseguró que el Gobierno seguirá trabajando a pesar del “ruido político”, de la mano de las bases y la población.
El presidente de la República, Pedro Castillo asistió a la inauguración del proyecto eólico Duna en Cajamarca, donde indicó que cuando su gobierno quiere entregar obras, algunas personas lo quieren callar.
El mandatario, precisó que esto es algo curioso que pasa en el Perú, ya que considera que esa gente pretende callar la voluntad de un Gobierno elegido por millones de peruanos.
“Es algo inédito, algo curioso lo que pasa en el país. Cuando queremos recuperar los recursos para el país, cuando queremos entregar las obras de envergadura a la patria, nos quieren callar unas personas que son elegidas con 3 mil votos en el Perú, quieren callar la voluntad a un Gobierno que es elegido por millones en el país”, manifestó Castillo desde el distrito de Huambos, en Cajamarca.
Por otra parte, el jefe de estado hizo una convocatoria a las empresas privadas para seguir impulsando el desarrollo del país.
“Hago un llamado, desde Huambos, a la empresa privada para seguir impulsando el desarrollo del país, pero un llamado responsable y para respetar a los trabajadores del país”, dijo.
Por último, Castillo aseguró que el Gobierno seguirá trabajando a pesar del “ruido político”, de la mano de las bases y la población.
“Vamos a seguir trabajando y lo que es el esfuerzo del Gobierno tiene que ser para el pueblo. Cuánto quisiera regresar hoy a Puña a ver a mis padres y a mi familia, pero tengo que regresar en este momento a ordenar la casa porque creemos importante que así como existen problemas al interior del Gobierno, también existen en otras regiones del país”
“Llamo a las fuerzas políticas, a las fuerzas vivas que quieren al país, no a las que lo socavan, para hablar un solo lenguaje, para trabajar por la educación. Asumiendo el Gobierno nos hemos fajado en cuidar a la población, reforzar la salud de los peruanos. Vengo a ratificar duela a quien le duela que ha llegado un hombre del pueblo para trabajar por el pueblo”, concluyó.
Congreso: Vacancia Presidencial y Destrucción Política
I. ASUNTO
Los grupos de dominio del Congreso de la República plantearían indebidamente su competencia para iniciar el trámite de una moción de vacancia contra el presidente constitucional de la República, Pedro Castillo Terrones. La irresponsable motivación plantearía la permanente incapacidad moral, o la destitución al haber sido sancionado por infracción contemplada en el Artículo N° 117° de la Constitución en mención.
II. ANÁLISIS
2,1 Constitucional – Jurídico.
Caso de permanente incapacidad moral:
De conformidad al Artículo N° 113° de la Constitución Política vigente, se establecen los supuestos en los cuales se produce la vacancia presidencial, siendo la causal de permanente incapacidad moral, la que requiere de la previa identificación y declaración por el propio Congreso de la República, de constituirse dicha incapacidad moral en calidad de un proceso permanente, que afecte sustantivamente las funciones y atribuciones del presidente de la República en la dirección de la política general del Gobierno y las propias facultades de los ministros del Gabinete, para poder desarrollarlas.
Su fundamentación, deberá determinar la existencia material de un conflicto constitucional por menoscabo, en forma estricta. La mencionada orientación, deberá observar y sustanciarse documentalmente, detallando objetivamente los actos específicos que afectan las competencias del Poder Ejecutivo, dando cuenta de los hechos concretos que impidan que una persona pueda seguir ejerciendo el cargo de presidente de la República.
Es importante concurrir como elemento base de todo Estado Constitucional, el respeto al Principio de Separación de Poderes, en cuanto puede conducir al uso indebido por el Congreso de la República, en el ejercicio de su competencia de trámite de la vacancia presidencial por permanente incapacidad moral, por contravención a dicho principio de separación de poderes, y que en consecuencia, no arriesgue o dañe el modelo de frenos y contrapesos que rige en nuestro sistema constitucional de Estado.
.Así mismo, señalar que, conforme al artículo 118°, su inciso 3 de la Constitución, corresponde al presidente de la República, el “dirigir la política general del gobierno”. Y que, de acuerdo al artículo 119° del mismo texto constitucional, se atribuye a los ministros, la ejecución de los servicios públicos en sus sectores respectivos.
Que igualmente se encuentra establecido, según el artículo 112° de la Constitución, que el mandato presidencial es de cinco (5) años de duración. No se admite otra posibilidad paralela.
Que además, la acción de la vacancia, debe cumplir determinados requisitos, tanto de fondo, como de proceso.
Caso de destitución por haber sido sancionado por infracción:
El Artículo N° 117° de la Constitución Política, contempla que el presidente de la República sólo puede ser acusado por las infracciones siguientes, las mismas que al no haberse producido durante el período de gobierno en mención, se encuentran negadas para su invocación en contra:
a. Por Traición a la Patria.
b. Por Impedir las elecciones presidenciales, congresales, regionales o municipales.
c. Por disolver el Congreso, salvo casos previstos en el artículo 134° de la Constitución.
d. Por impedir la reunión o funcionamiento del Parlamento, DEL Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral.
Luego, el espíritu del Artículo N° 117° de la Constitución Añade garantIza el adecuado desempeño del presidente de la República, sin que sus competencias se vean entorpecidas con denuncias que no sean las mencionadas.
Por tanto, la aplicación de la permanente incapacidad moral, como causal de vacancia, debe ser restrictiva, únicamente cuando el presidente de la República se encuentre imposibilitado de ejercer el cargo por haberse configurado dicha incapacidad.
Así, dicha causal no debe ser utilizada, para evaluar acciones u omisiones del presidente de la República, durante el período de gobierno, evento contrario, se desnaturalizaría la institución de la vacancia presidencial, lo cual importaría una severa afectación del equilibrio de poderes.
De otro lado, el Reglamento del Congreso de la República establece normas procedimentales afines a las etapas respectivas, sin definir los supuestos o criterios a tomar en cuenta para la identificación de los comportamientos (acciones u omisiones) del presidente de la República a ser considerados como una permanente incapacidad moral.
Entonces, la causal de vacancia presidencial por permanente incapacidad moral, deberá sustentare en hechos objetivos, debidamente evidenciados, que realmente imposibiliten al presidente de la República a continuar efectuando sus funciones y atribuciones, sin admitir que se sustenten en argumentos debatibles y sujetos a interpretación jurídica o políticas, porque de ser así, revelaría la intencionalidad congresal de aplicar dicha causal como medio indebido de control político.
Deberá considerarse diferencialmente, que el ámbito y las competencias ejercidas por el Poder Ejecutivo, son autónomas de la personal identidad del presidente de la República, o de todo funcionario público.
En tal orientación habrá quienes interpreten, que la vacancia presidencial por incapacidad moral permanente, se enmarca en un contexto post moderno, por lo que busca impedir que el presidente de la República “quebrante los parámetros de conducta admitidos en una época y por una sociedad determinadas que afectan gravemente la dignidad del cargo y, que también, son fuente de potenciales o concretos conflictos políticos que pueden hacer inviable el normal desenvolvimiento de la comunidad política”.
Esta última interpretación, más que jurídica, me impresiona como amoral, por quienes arguyendo que los tiempos cambian, acomodan a su favor, los propios pecados históricos cometidos. Y es que metafóricamente, no podemos poner un vino nuevo, en un odre viejo.
Incluso, esa posición toma por incapacidad moral «la falta de aptitud legal para continuar ejerciendo el cargo, por haberse acreditado objetivamente una conducta pública o social gravemente venal, corrupta, licenciosa u ofensiva a las convicciones ética de la ciudadanía, que deja constancia de una atrofia de las nociones de corrección e integridad de ánimo». Insisto, sigo creyendo que la misma no es constitucional, sino un arreglo interesado “legalizado”.
2.2 SOCIO – POLÍTICO:
En un mundo globalizado en emergencia sanitaria, y de presencia inteligente de alianzas de los sectores público, privado y social en búsqueda de valor compartido; grupos del Congreso no asimilan que estarían atentando con un comportamiento permanente del cargamontón y de su propuesta golpista de vacancia presidencial, contra la seguridad jurídica del país, conociendo que ello acrecienta la incertidumbre y pone en peligro la estadía y la evolución de las inversiones, tanto privada como pública, sacrificando la capacidad de crecimiento para transformar nuestra sociedad.
Por ello, lamentamos el obstruccionismo de dicha iniciativa subalterna por intereses polítiqueros y económicos particulares de grupo. Es más, los antecedentes de Patricia Chirinos, en conjunción con Chimpum Callao, Alex Kouri, Juan Sotomayor y demás especímenes del puerto, Municipalidad de La Perla, keiko fujimori, lópez aliaga, ultra derecha golpista que arrienda bien (…), así la registran y blindan.
La procedencia está vinculada al uso indebido de la vacancia presidencial por parte del Poder Legislativo, y a la afectación de las competencias de la Presidencia de la República para dirigir la política general de gobierno. Lo cual se puede constatar en los últimos años, donde el Congreso de la República apeló repetidamente a la incapacidad moral para justificar pedidos de vacancia presidencial. Situación que ha contribuido a tensiones políticas que acumulan incertidumbre e inseguridad jurídica en el entorno político.
III. SUGERENCIA.
En tal sentido, corresponderá al Tribunal Constitucional, en su rol de garante de los derechos fundamentales y de la primacía normativa de la Constitución, así como de la actual situación de emergencia sanitaria, disponer lo conveniente, a fin que de tramitarse la vacancia presidencial de Pedro Castillo Terrones, por la causal de permanente incapacidad moral, no se considere viable su aprobación, por razón excepcional de pandemia, salvo mejor opción jurídica.
Agradeciendo su apreciada lectura.
Por: Alberto Quedas (NOV.2021).